La nueva normativa sobre el teletrabajo en el contact center

El teletrabajo es una modalidad de trabajo que se realiza fuera de las instalaciones habituales de la empresa, mediante el uso de medios y sistemas informáticos, telemáticos y de comunicación. El teletrabajo ha cobrado un gran protagonismo en el contexto de la pandemia por Covid-19, que ha obligado a muchas empresas y trabajadores a adaptarse a esta forma de prestación de servicios.
El sector del contact center, que se dedica a la atención al cliente por diversos canales, es uno de los que más ha recurrido al teletrabajo, tanto por las ventajas que ofrece para la organización del trabajo, como por las medidas de prevención y seguridad sanitaria. Sin embargo, el teletrabajo también plantea una serie de retos y de derechos que deben ser regulados adecuadamente.
En este artículo, vamos a explicar cuál es la nueva normativa sobre el teletrabajo en el contact center, qué novedades introduce y qué aspectos hay que tener en cuenta para su correcta aplicación.
La Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia
La norma que regula el teletrabajo en España es la Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia1, que entró en vigor el 13 de octubre de 2020. Esta ley tiene como objetivo proporcionar un marco legal suficiente, transversal e integrado que dé respuesta a las diversas necesidades del teletrabajo, equilibrando la flexibilidad y la seguridad de las empresas y de los trabajadores.
La ley establece que el teletrabajo es una opción voluntaria y reversible, tanto para el empleador como para el trabajador, que debe formalizarse mediante un acuerdo escrito que puede formar parte del contrato inicial o incorporarse posteriormente. El acuerdo debe contener, entre otros aspectos, la duración del teletrabajo, la distribución del tiempo de trabajo, los medios y equipos necesarios, la compensación de gastos, el control de la actividad, la prevención de riesgos laborales y la desconexión digital.
La ley también reconoce que los trabajadores a distancia tienen los mismos derechos que los trabajadores presenciales, salvo en lo que sea inherente a la realización de la actividad en el centro de trabajo. Entre estos derechos, se encuentran el derecho a la formación, a la promoción profesional, al salario, a la intimidad, a la protección de datos, a la igualdad de trato y de oportunidades, y al ejercicio de los derechos colectivos.
El convenio colectivo del sector de contact center
Además de la ley general, el teletrabajo en el sector de contact center también se rige por el convenio colectivo del sector2, que se firmó el 29 de diciembre de 2021 y que tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026. Este convenio colectivo introduce algunas novedades respecto al teletrabajo, que se recogen en el artículo 32 del mismo.
Entre estas novedades, se encuentran las siguientes:





