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Perú: Aprobada prohibición de llamadas spam

La parlamentaria Rosangella Barbarán (FP), encargada de sustentar el texto, señaló que el objetivo de este es el de brindar protección a los datos personales de la ciudadanía.

El pleno del Congreso de Perú aprobó por insistencia la autógrafa de ley observada por el Ejecutivo, mediante la cual se plantea prohibir las denominadas llamadas y mensajes ‘spam’, destinadas a promocionar servicios que el consumidor no ha solicitado; así como las prácticas de ese tipo realizadas mediante call centers o por mensajes electrónicos.

La iniciativa fue aprobada por unanimidad por la Representación Nacional con 113 votos a favor. Se indicó tanto durante la sustentación como durante el debate de esta que las observaciones del gobierno nacional solo tomaron en cuenta el aspecto empresarial del tema, pero no la molestia que suponen para los usuarios estas situaciones.

La parlamentaria Rosangella Barbarán (FP), encargada de sustentar el texto, señaló que el objetivo de este es el de brindar protección a los datos personales de la ciudadanía.

Ello se plasma en modificaciones al artículo 58 de la ley 29571 (Código de Protección y Defensa del Consumidor), que permitirán que los usuarios de los servicios públicos no vean interrumpida ni amenazada su privacidad por las constantes llamadas y mensajes ofreciendo productos que no han sido solicitados por ellos.

En ese sentido, el texto aprobado indica que los proveedores de los referidos servicios “no pueden llevar a cabo prácticas que mermen de forma significativa la libertad de elección del consumidor a través de figuras como el acoso, coacción, influencia indebida o dolo”. La iniciativa especifica que no se pueden usar centrales telefónicas o ‘call centers” para este tipo de promociones.

También queda prohibido “realizar visitas en persona al domicilio del consumidor o realizar proposiciones no solicitadas por teléfono, fax, correo electrónico y otro medio de manera persistente e impertinente, o ignorando la petición del consumidor para que cese esto”.

El texto aprobado indica, asimismo, que solo podrán efectuarse estas promociones previo consentimiento del usuario. En esos casos, ellas no podrán hacerse entre las 8 de la noche y las 7 de la mañana, ni los días sábados, domingos ni feriados

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