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España: Multa récord a Amazon y Apple

Después de conocer la sentencia, las multinacionales estadounidenses Apple y Amazon anunciaron su intención de presentar un recurso.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) de España multó a varias sociedades de los grupos Amazon y Apple con una cantidad récord de 194.15 millones de euros por su participación en pactos y acciones que restringieron la competencia en el sitio web de la primera compañía.

Las sociedades de Apple han sido sancionadas con 143.64 millones de euros, mientras que las de Amazon deberán pagar 50.51 millones. Estas multas se deben a la infracción de los artículos 1 de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC) y 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), según informó el organismo regulador en un comunicado emitido este martes.

Después de conocer la sentencia, las multinacionales estadounidenses Apple y Amazon anunciaron su intención de presentar un recurso.

Las dos empresas firmaron el 31 de octubre de 2018 dos contratos que regulaban las condiciones de Amazon como distribuidor autorizado de Apple. Estos contratos incluían varias cláusulas que ‘restringían de manera injustificada’ el número de revendedores de productos Apple en el sitio web de Amazon.

Además, limitaron los espacios publicitarios disponibles para los competidores y redujeron la posibilidad de que la empresa de comercio electrónico realizara campañas de marketing dirigidas a clientes que habían adquirido productos de Apple, ofreciéndoles otros artículos.

Como resultado de estas medidas, más del 90% de los revendedores fueron excluidos de este mercado y perdieron un importante canal de ventas.

Las ventas de productos de la marca Apple en el mercado en línea se concentraron principalmente en Amazon, lo que limitó el comercio entre los Estados miembros de la Unión Europea y se observó un aumento en los precios pagados por los consumidores al adquirir productos Apple en el sitio web.

Las compañías también incluyeron cláusulas publicitarias que, según la CNMC, limitaban la capacidad de las marcas competidoras de Apple para adquirir espacios publicitarios en el sitio web de comercio electrónico durante las búsquedas de productos y el proceso de compra.

En cuanto al marketing, se estableció que Amazon no podría llevar a cabo campañas de marketing y publicidad dirigidas específicamente a clientes que hubieran comprado productos de la compañía de la manzana en su sitio web, con el objetivo de fomentar que estos consumidores cambiaran a la competencia, a menos que contara con el consentimiento de Apple.

Estas cláusulas redujeron la presión competitiva generada por los anuncios de la competencia y las campañas de marketing, según la CNMC.

Además, el organismo considera que estas restricciones perjudicaron directamente a los consumidores, al limitar su capacidad de descubrir nuevas marcas, aumentar los costos de búsqueda y reducir su capacidad de cambio.

Apple anunció que apelará esta decisión ante la Audiencia Nacional española y reafirmó en un comunicado que sus acciones están destinadas a proteger a los usuarios contra los riesgos de seguridad y calidad asociados con productos falsificados.

Fuentes de Apple destacaron que los acuerdos firmados en 2018 llevaron a una reducción de los productos falsificados de la marca y sostienen que la jurisprudencia reconoce que limitar el uso de los marketplaces está justificado con el fin de proteger a los clientes.

Por su parte, Amazon anunció su intención de apelar la decisión y negó que se beneficie al excluir a vendedores del marketplace, ya que su ‘modelo de negocio se basa, precisamente, en el éxito de las empresas que venden a través de Amazon, muchas de las cuales son pymes’.

La compañía sostiene que, como resultado del acuerdo con Apple, sus clientes en España se han beneficiado de una amplia variedad de productos, que se ha ‘más que duplicado’ en los últimos cuatro años, además de ‘excelentes ofertas’ y envíos más rápidos.

La resolución de la CNMC puede ser impugnada mediante un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional de España en un plazo de dos meses a partir del día siguiente a su notificación.

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