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México: Un mes para cumplir con la reforma que afecta al sector Outsourcing

México: Un mes para cumplir con la reforma que afecta al sector Outsourcing
México: Un mes para cumplir con la reforma que afecta al sector Outsourcing

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social y el Senado de la República presentaron una iniciativa para prolongar un mes el plazo de transición de la reforma al outsourcing.

La empresa Ingram Micro aconseja definir claramente el tipo de servicios que tu organización tiene como su objeto social. Además de inscribirte en el Registro para Prestadores de Servicios Especializados y Obras Especializadas (REPSE) de la STPS.

La Directora Legal de Ingram Micro México aconsejó realizar un análisis cuidadoso de las actividades que cada empresa del sector ejecuta, tomando en cuenta siempre lo que aparece en el acta constitutiva de las compañías; lo que se conoce como la famosa actividad económica preponderante.

Luisa María Alcalde, secretaria del Trabajo y Previsión Social, planteó la posibilidad de que se aplace del 1 de agosto al 1 de septiembre el periodo de transición de la reforma al outsourcing.

La iniciativa pretende ajustar seis de los diez artículos transitorios de la reforma, todos relacionados a los plazos de transición para que las empresas se adapten a las nuevas disposiciones.

El outsourcing está prohibido en México desde el pasado 24 de abril, luego de la publicación de la reforma a la Ley del Trabajo en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

De acuerdo con lo establecido, las disposiciones en materia fiscal deberían entrar en vigor tres meses después de la publicación en el DOF, el 1 de agosto, entre las que se encuentran las reformas a la Ley del Impuesto sobre la Renta, a la Ley del IVA.

El aplazamiento permitirá que las empresas puedan darse de alta ante la STPS como prestadores de servicios especializado u obra especializada.

Giffard confirmó que desde hace varias semanas empezó a operar la plataforma del REPSE. Sin embargo, en todo el tiempo que lleva en funcionamiento, solamente un pequeño porcentaje de empresas interesadas ha podido registrarse.

“Es un trámite en línea, lo que permite que sea rápido, pero es importante que cada empresa interesada en inscribirse tenga la documentación necesaria y todas sus obligaciones en materia laboral, social y las que se requieran, al día, para evitar que el REPSE los rechace”, planteó.

Destacó que, para poder continuar la relación de negocios, los clientes podrían solicitar a los prestadores de servicios comprobar que estan inscritos ante el REPSE, sobre todo porque las sanciones que se contemplan en la reforma y las cláusulas de obligación solidaria, entre otros aspectos, obligarán a ser muy cuidadosos con este aspecto.

Conviene señalar que los servicios especializados serán aquellos que no forman parte del objeto social ni la actividad económica de la empresa que los solicita.

Esto quiere decir que la empresa no genera dinero mediante estos servicios o que no son el área de especialidad del negocio.

La Ley establece como requisito que las personas físicas o morales que se dediquen a la subcontratación de personal especializado deberán proporcionar cuatrimestralmente (a más tardar los 17 de enero, mayo y septiembre) información relacionada con los contratos de subcontratación que hayan celebrado.

Entre estos datos se encuentran:

  • El objeto a proporcionar, especificando detalladamente la especialidad de los trabajadores;
  • El período de la vigencia;
  • Número de trabajadores;
  • Los datos personales de cada uno de ellos (nombre, CURP, número de seguridad social, salario base y RFC) y
  • Copia simple del registro ante la STPS.
  • Este tipo de información es fácilmente resguardada cuando las empresas manejan los contratos de manera electrónica.

Por lo contrario,  si deciden seguir con los contratos de manera física, tienen el riesgo de perder la información o de organizarla de manera inadecuada con los problemas que eso conlleva  cuando la misma sea solicitada.

¿A quién beneficia la reforma al outsourcing?

De cara al mercado de servicios calificados, la nueva figura jurídica de “servicios especializados”, favorece a los prestadores de estas tareas que van desde:
  • La limpieza convencional;
  • Seguridad aeroportuaria y marítima;
  • Telemarketing;
  • El desarrollo de software;
  • La consultoría;
  • La asesoría tecnológica, entre otras disciplinas.

Es un mundo laboral en el que se desempeñan 4.5 millones de trabajadores calificados.

Si tienes dudas respecto a los servicios especializados subcontratados y la diferencia con lo que antes se permitía en materia de outsourcing en la Ley Federal del Trabajo, hasta la reforma que se aprobó en abril de este año, toma en cuenta que:

La reforma permite los servicios especializados: que es la puesta a disposición de personal calificado en favor de un tercero.

Pero, frente a lo que antes operaba en el tema de outsourcing, la distinción está en que únicamente pueden realizar actividades que no conciernan a la actividad preponderante del cliente, que no sean parte de su actividad económica.

La Directora Legal de Ingram Micro México señaló que es un tema nuevo, por lo que tu persona, empresa y asesores legales y administrativos deben estar muy atentos, e ir adaptándose a la nueva realidad, en aspectos de contratación de servicios especializados.

“Viene a modificar conceptos que a lo largo de los años se han vendio manejando; establece nuevos criterios y formas de hacer negocios”, afirmó Giffard.

En el caso específico de Ingram Micro México, la experta legal afirmó que la compañía se apega a las disposiciones legales y ya revisó sus objetos sociales, identificando, de forma puntual, todos los servicios que entrega, a fin de garantizar un compliance integral.

 

Con información de InfoChannel

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